Utilitarismo, moral y pena capital

Hoy quiero enfrentar a moral y al utilitarismo en el ring de la pena capital, primero pasando por algunos datos sobre la pena de muerte, exponiendo argumentos a favor y en contra y sintetizando mi opinión sobre un tema tan polémico como amplio a lo largo de la historia.

La pena de muerte pasa por un momento de desaprobación histórica, ya no existe prácticamente en Europa, excepto en Bielorrusia; y en Oceanía, los países más importantes la suprimen.

En América hay más variedad, en latinoamérica está prácticamente abolida, solamente Bahamas, Guyana, Jamaica, Trinidad y Tobago y algunas de las Pequeñas Antillas continúan aplicándola. Pero en el centro de américa y EEUU es una práctica habitual: al completo excepto Michigan.

Por otra parte, en África solo quedan Botsuana y Zambia. Pero lo increíble llega en Asía, países como China, Japón, India, Corea del Sur, Taiwan y otros países que están pasando por la Primavera Árabe.

En cuanto a los países exorbitantes, como Irán, Arabia Saudí y Corea del Norte, es el pan de cada día.

Todos estos datos deben de ir siempre acompañados de cual es el pecado capital que se produce en cada país para que la pena capital sea llevada a cabo. En la mayoría de países esto ocurre cuando el pecado capital es parricidio, asesinato “famoso” u homicidio “famoso” (con “famoso” quiero decir que ha transcurrido mucho en la sociedad del país).

Aunque también hay otros casos:

  • robo de bancos (Arabia Saudita);
  • secuestro (Guatemala);
  • tráfico de personas (China);
  • fraude fiscal grave (China);
  • robo con resultado de muerte (Estados Unidos);
  • violación (China, Arabia Saudita);
  • utilización ilegal de armas de fuego (Singapur);
  • ataques terroristas a instalaciones petroleras (India);
  • tráfico de drogas, posesión de drogas en cierta cantidad (Indonesia, Arabia Saudita, Malasia, Singapur, Tailandia, Taiwán);
  • fabricación y venta ilegales de alcohol (India);
  • corrupción de funcionarios (China, Irak hasta la caída de Sadam Hussein);
  • proxenetismo (Arabia Saudita);
  • actos homosexuales masculinos, aún realizados en privado, aunque sean entre mayores de edad y consentidos (Irán, Arabia Saudita, Yemen, Sudán, Mauritania);
  • adulterio (Arabia Saudita, Irán, Afganistán);
  • abandono del Islam (Afganistán, Irán, Yemen, Mauritania, Pakistán, Catar, Arabia Saudita, Somalia, Sudán);
  • blasfemia y brujería (Arabia Saudita);

Y a estos datos hay que sumarle la forma de ejecución, que según Amnistía Internacional, en 2011 triunfaron:

  • Decapitación (Arabia Saudí).
  • Ahorcamiento (Afganistán, Autoridad Palestina-Gaza, Bangladés, Corea del Norte, Egipto, Irak, Irán, Malasia, Sudán del Sur y Sudán).
  • Inyección letal (China, Estados Unidos y Taiwán).
  • Fusilamiento (Autoridad Palestina, Bielorrusia, China, Corea del Norte, Emiratos Árabes Unidos, Somalia, Vietnam y Yemen).

La silla eléctrica y las cámaras de gas ya salieron del mapa estadounidense. En cualquier caso, el sufrimiento derivado de la pena de muerte y la crueldad de la misma no sólo se deriva de su método de ejecución, sino también de la lógica angustia previa del condenado y sus allegados, por lo que la presunta “humanización” de la pena capital por utilizar un sistema u otro es muy relativa.

La decisión del Judicial Committee of the Privy Council (dentro del sistema interamericano de derechos humanos) en el caso Pratt and Morgan, reconoció que la ejecución tras un retraso de más de cinco años contados a partir de la condena podía constituir “trato cruel e inhumano”, remediable a través de la conmutación de la pena.

Estos son los datos actuales, pero… ¿por qué en unos países si y en otros no? Supongo que por garantismo y cultura moderna.

Veamos ahora unos cuantos argumentos a favor de la pena de muerte:

Quien comete ciertos delitos gravísimos ha roto el contrato social y no tiene ya derecho alguno frente a la sociedad que ha sufrido sus crímenes, ni tan siquiera derecho a la vida ni a la protección de la sociedad, pues quien los comete ha roto con ello sus lazos con ella.Jean-Jacques Rousseau

Rosseau defendía la pena capital, y si algo es cierto, es que el contrato social que todos firmamos al nacer en una determinada zona nos permite que la sociedad nos brinde garantías, pero… ¿y cuándo rompemos ese contrato?

Es la única pena que da cierto consuelo o satisfacción a los parientes de los asesinados por el que va a ser ejecutado, que merecen un mejor trato que el que se vaya a dar al criminal.

Aquí entraría en juego una dura lucha entre el consuelo y el derecho a la vida de todos.

La pena de muerte previene nuevos delitos, sobre todo cuando es comúnmente conocida su aplicabilidad y se publicita su aplicación efectiva

¿Es moralmente positivo matar a alguien que hizo algo malo para asustar a los que quieran hacer eso? Sin duda puede llegar a ser bastante efectivo, pero… ¿el fin justifica los medios?

Evita que los criminales ejecutados puedan estar nuevamente en situación de cometer más delitos, por ejemplo fugándose de la prisión. Determinados delincuentes encerrados en prisión pueden continuar siendo peligrosos, ya sea para los demás reclusos o funcionarios de prisiones, ya sea para la población en general (jefes de bandas terroristas o mafiosas). Mantener a ciertos criminales en prisión puede estimular a bandas criminales a liberarlos por la fuerza o por métodos extorsivos.

Bien es cierto que un líder criminal, desde la cárcel, puede seguir comunicándose con su “tribu urbana” y cometer crímenes a distancia. Por no hablar de los que cometerá dentro de la cárcel.

La pena capital es más barata que mantener encerrado de por vida al criminal condenado a costa de la sociedad víctima de sus crímenes.

Quizás los motivos económicos no deberían de ser un motivo, o quizás sí, porque tampoco es racional que la sociedad víctima del criminal lo mantenga de por vida, mientras otros ciudadanos pasan hambre o no tienen dinero para tratarse su enfermedad.

Veamos ahora unos cuantos argumentos en contra de la pena de muerte:

En los países civilizados, la vida es el bien supremo por antonomasia para el hombre y la sociedad, es el “derecho fundamental” básico. La muerte es el mal absoluto, por lo que es inmoral alegrarse de la misma o provocarla para obtener de ella un provecho.

Obviamente no vamos a entrar ahora en si la muerte es el mal absoluto o el principio de otra vida, pero si debemos de tener en cuenta que algo que es inmoral hoy en día, puede no serlo mañana o viceversa. Ejemplos como la homosexualidad, que a principios de la humanidad era algo completamente normal y posteriormente, con los fascismos, totalitarismos y absolutismos se convirtió en delito. Hoy en día está relativamente aceptado en la sociedad.

Se debe de concluir, de que la moralidad y la inmoralidad es subjetiva, la moral es esclava de la educación, educación que te imparten otros ciudadanos. La moralidad es un ciclo sin más. Por lo tanto, ¿es válido como argumento la moral frente al consuelo?

Otorgar al Estado el derecho a matarnos, aunque sólo sea en determinadas circunstancias, rompe el principio de la intangibilidad de la vida humana derivada de nuestra dignidad como seres humanos, e implica que las autoridades, por motivos más o menos opinables o de utilidad pública (que pueden ampliarse en el futuro) tienen el derecho a disponer de nuestras vidas, que así dejan de merecer el máximo respeto. Si se admite que la vida no es absolutamente intocable para el Estado, los ciudadanos estaremos de hecho indefensos ante el mayor ataque posible del poder estatal, el ataque contra nuestra misma existencia, y ya no seremos ciudadanos sino súbditos, pues habremos sido degradados a la categoría de simples medios para la consecución de los fines del poder estatal.

Aquí dejamos la moral a un lado para pasar al poder ejecutorio del estado, un argumento irreprochable.

Aunque el deseo de venganza sea humanamente comprensible o disculpable, no puede basar un sistema criminal en un Estado de Derecho, ni la pena justa es la que mi deseo de venganza exige. La aceptación por el Estado de la idea de que la muerte puede ser una pena adecuada legitima la muerte, que es el mal absoluto, y la idea de la venganza, y contribuye a elevar la aceptación social de venganzas privadas y el uso de la violencia.

¿Venganza? ¿justicia?

En un sistema criminal civilizado, las penas deben estar encaminadas no sólo a restablecer la justicia y prevenir el delito, sino también a rehabilitar a los delincuentes. La pena de muerte quita al criminal la posibilidad de enmendarse y de reconciliarse con la sociedad y con las víctimas del delito, y la posibilidad de intentar resarcir o indemnizar a la víctima.

Hay que tener claro que se debe de tomar un camino, o el de la rehabilitación o el de las penitencias.

En mi opinión, un país debe de intentar rehabilitar a todos los delincuentes, sin penitencias crueles e inhumanas.

Un sistema judicial justo es aquel en el que los criminales van a la cárcel a rehabilitarse, y solo saldrán cuando estén realmente rehabilitados; mientras ese estado mental no llegue, permanecerán encerrados, y solo cuando un criminal sea completamente imposible rehabilitarlo en la sociedad aprobaré la pena capital, lo más digna posible, porque el poner en libertad a esas personas por haber pasado unos años encerrados sin rehabilitarse terminaría con la libertad de los demás. ¿Por qué no dejarlo encerrado para siempre? Es entonces cuando Rousseau tiene razón para mi, si no cumples el contrato con esta sociedad de rehabilitarte, no mereces el derecho a que la sociedad te mantenga con vida, o lo que es parecido, trabaja para seguir con vida, lo que llamaríamos utilitarismo.

Donde el hombre se convierte en único amo del mundo y propietario de sí mismo, no puede existir la justicia.